domingo, 30 de marzo de 2008

La Organización Internacional del Trabajo (ILO) establece que la edad mínima general para admisión a empleo no debería ser menor a la edad del término escolar, la cual no debería ser menor a 15 años; pero 16 años es la edad mínima general a la que los países deberían aspirar. Naciones en vías de desarrollo pueden hacer excepciones y pueden aplicar a una edad mínima de 14 años. Trabajos leves compatibles con la escuela del niño pueden ser permitidos a partir de los 12 años. Los niños involucrados en trabajos cuando aún no han alcanzado la edad mínima especificada para ello son catalogados “trabajador-niño”.

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